Derecho a la intimidad y protección de los datos personales

domingo, 15 de agosto de 2010
El bien jurídico protegido en la protección jurídica de los datos personales es el del derecho fundamental de la intimidad
el fundamento de este derecho se halla en la protección de la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad .El derecho a la intimida supone el reconocimiento del individuo de una esfera de vida personal exclusiva y excluyente. Es decir una actividad que es propia y que puede prohibir el acceso a otros.
Desde esta perspectiva el tribunal constitucional señala que el Derecho a la intimidad y la protección de datos "implica la existencia de un ámbito que puede ser propio y reservado frente a la acción y conocimiento de los demás ,necesario para mantener una calidad mínima de vida humana".
El derecho a la intimidad no es un derecho absoluto y en su dimensión publica se encuentra limitado por el derecho fundamental a la libertad de expresión .

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